Congreso de Tabasco inicia procedimiento de juicio de procedencia contra Jorge Montaño


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[Redacción]

* Ahora la Junta de Coordinación Política deberá proponer a cuatro diputados para que el pleno del Congreso avale la Sección Instructora

El Congreso del Estado es competente para conocer y resolver la solicitud de la Fiscalía General del Estado contra el magistrado del TET, subraya el diputado José del Carmen Herrera Sánchez, presidente de la Comisión Instructora

Villahermosa, Tabasco.- La Comisión Orgánica Instructora de la Cámara aprobó este lunes un Acuerdo por el que da inicio al procedimiento para la Declaración de Procedencia solicitada por la Fiscalía General del Estado (FGE) en contra del magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Tabasco (TET), Jorge Montaño Ventura.

Y es que al dar lectura al documento aprobado por cuatro votos a favor y uno en contra, el diputado José del Carmen Herrera Sánchez, presidente de la Comisión, explicó que ahora la Junta de Coordinación Política deberá proponer al pleno del Congreso a cuatro diputados de la Comisión Instructora para formar la Sección Instructora, lo cual deberá ser avalado por mayoría absoluta, a efectos de que se continúe con el trámite del procedimiento para resolver sobre la solicitud de declaración de procedencia.

En la sala de juntas de la Presidencia y ante los legisladores Rafael Acosta León, Ana Karen Mollinedo Zurita, Tito Campos Piedra y Esther Alicia Dagdug Lutzow, el diputado Herrera Sánchez destacó que el Congreso del Estado es competente para conocer y resolver de la solicitud de declaración de procedencia presentada por el fiscal del Ministerio Público adscrito a la Dirección General de Investigación de la FGE, en contra del citado funcionario electoral.

Ello, en virtud de que se le atribuye la comisión del delito de Ejercicio Indebido de Servicio Público, previsto y sancionado por el artículo 235, fracción III, en relación con el último párrafo del mismo, en concordancia con el numeral 232 del Código Penal vigente en el Estado de Tabasco, ilícito que se dice cometido en agravio del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Tabasco (IEPCT), mismo que es un delito del orden común, perseguible y sancionable por las autoridades locales.

Asimismo, el diputado aseveró que es facultad de la Comisión Orgánica Instructora de la Cámara conocer y resolver la solicitud de declaración de procedencia presentada por el Fiscal del Ministerio Público Investigador Adscrito a la Dirección General de Investigación de la Fiscalía General del Estado de Tabasco.

El Acuerdo avalado precisa que si bien Jorge Montaño Ventura fue nombrado magistrado del TET por la Cámara de Senadores, no existe disposición constitucional o legal que establezca expresamente que cuando se le atribuya alguna responsabilidad deba ser facultad del Congreso de la Unión conocer y resolver sobre las solicitudes de declaración de procedencia formuladas en contra de los magistrados electorales, mucho menos tratándose de delitos del fuero común, como ocurre en este caso.

Indica el documento que la intervención del Senado de la República en el mecanismo de designación de los magistrados de los tribunales electorales locales, no constituyen a estos en servidores públicos del orden federal o ajenos a la jurisdicción local, por lo que no pueden ser eximidos de las responsabilidades que tuvieran en su condición de servidores públicos al servicio de los estados de la Federación.

En su oportunidad, la legisladora Esther Alicia Dagdug Lutzow se manifestó en contra del Acuerdo al considerar que existe una ambigüedad en la legislación local con respecto a la norma general en relación con el nombramiento de los magistrados electorales de los estados.

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