Aprueban nueva Ley de Comunicación Social para el estado de Veracruz

(Redacción)

Eficacia en el uso de los recursos públicos, eficiencia de los recursos destinados a la contratación o gasto de comunicación social, economía y racionalidad presupuestaria, que comprende la administración prudente de los recursos destinados a la comunicación social, transparencia y máxima publicidad, garantizando el acceso a toda información relacionada con la contratación y manejo de recursos destinados para ellos de los entes públicos, entre otros

Xalapa Veracruz, a 18 de febrero de 2021.- Con 27 votos a favor, el Pleno el Congreso de Veracruz aprobó el dictamen, resultado de la iniciativa presentada, el pasado 19 de enero, por la diputada Deisy Juan Antonio, de la nueva Ley de Comunicación Social para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la cual garantizará que el gasto destinado para esto cumpla con los requisitos de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.

Esta Ley establece que, en el ejercicio del gasto público en materia de comunicación social, los entes públicos deberán observar los siguientes principios rectores: eficacia en el uso de los recursos públicos, eficiencia de los recursos destinados a la contratación o gasto de comunicación social, economía y racionalidad presupuestaria, que comprende la administración prudente de los recursos destinados a la comunicación social, transparencia y máxima publicidad, garantizando el acceso a toda información relacionada con la contratación y manejo de recursos destinados para ellos de los entes públicos, entre otros.

Asimismo, contempla que las campañas de comunicación social deberán promover la difusión y conocimiento de valores, principios y derechos constitucionales; impulsar turismo, educación, salud y protección civil, entre otros; informar a los ciudadanos de sus derechos y obligaciones, de aspectos relevantes del funcionamiento de los sujetos obligados y de las condiciones de acceso y uso de los espacios y servicios públicos.

Además, de cumplir con las obligaciones que en materia electoral establezca la legislación aplicable; anunciar medidas preventivas de riesgos o que contribuyan a la eliminación de daños de cualquier naturaleza para la salud de las personas o el equilibrio ecológico y protección al ambiente; difundir las lenguas originarias y el patrimonio histórico del estado; comunicar programas y actuaciones públicas, y otros establecidos en las leyes.

En el dictamen, emitido por la Comisión Permanente de Gobernación, se establece que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 61/2019, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en la que se declaró la invalidez de la Ley número 248 de Comunicación Social, publicada en la Gaceta Oficial el 17 de mayo de 2019, con lo cual se obliga a esta Soberanía “se inicie un nuevo procedimiento legislativo y se emita la ley correspondiente a más tardar dentro del periodo ordinario inmediato posterior a la notificación de la sentencia”.

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