Clausura PROFEPA obras y actividades de construcción en Bacalar, Quintana Roo

[Redacción]

Impone medida de seguridad a desarrollo inmobiliario que se ubica en Camino Costero del Ejido Aarón Merino Fernández

Detecta la falta de Autorización en materia de Impacto Ambiental que expide la SEMARNAT, para la ejecución las obras

Bacalar, Quintana Roo.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) ordenó la Clausura Total Temporal a las obras y actividades que se realizaban en un ecosistema de vegetación secundaria arbórea de selva mediana subperennifolia, ubicado en Camino Costero del Ejido Aarón Merino Fernández, en el municipio de Bacalar, Quintana Roo.

En recorrido de vigilancia realizado el 12 de marzo de 2018, personal actuante de PROFEPA en la entidad realizó visita de inspección para constatar el cumplimiento a la legislación ambiental vigente, en el desarrollo de la construcción de un edificio de concreto en dos niveles y de la cual al momento de la diligencia el inspeccionado no acreditó contar con autorización en materia de Impacto Ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para dichas obras.

Durante la visita de inspección se observó una construcción de concreto en dos niveles, en obra negra, sobre una superficie de desplante de 82.5 metros cuadrados, contando en el primer nivel con sala, cocina, baño y escaleras de acceso al segundo nivel donde se ubica un cuarto con baño y terraza.

Además, se observó una cisterna de concreto en una superficie de 7.84 metros cuadrados, localizada al frente de la construcción en dos niveles; dos muretes de mampostería perimetrales de 100 metros de longitud, 0.30 metros de ancho y 0.40 metros de altura cada uno. El predio cuenta con un declive natural que está siendo modificado y donde se eliminó la vegetación herbácea.

El predio inspeccionado se encuentra inmerso en un ecosistema donde se distribuye vegetación secundaria arbórea de selva mediana subperennifolia, con presencia aislada en pie de ejemplares de Chaca rojo (Bursera simaruba), Jabín (Piscidia piscipula), Jobo (Spondias mombin), Guano (Sabal yapa), Pucté (Bucida buceras), Zapote (Manilkara zapota), Roble (Quercus officinalis), Mamey, Tamarindo y Limón.

Al momento de la inspección, se observó que para las obras y actividades de construcción señaladas, se modificó el declive natural del predio y se eliminó la vegetación herbácea, lo que origina que se interrumpa la estabilidad de la pendiente, la conservación de nutrientes y de la materia orgánica que mantiene la estructura del suelo, ocasionando la pérdida de permeabilidad del suelo y el deterioro de la capacidad de retención de contaminantes en la zona ribereña.

Asimismo, se propicia que los contaminantes como las partículas pesadas del cemento y polvos finos de los materiales de construcción queden expuestos y, que por efecto de la lluvia y el viento, sean transportados al cuerpo lagunar colindante al predio , así como propiciar el desplazamiento de las especies de fauna silvestre que habitaban en este ecosistema hacia otras áreas.

Ante el riesgo de daño a los recursos naturales por la construcción de obras en ecosistema costero sin contar con la autorización de impacto ambiental que otorga la SEMARNAT,  la PROFEPA impuso como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de las obras y actividades inspeccionadas, con fundamente en el artículo 170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).

El responsable del proyecto podría hacerse acreedor a una multa equivalente de 30 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización, de conformidad con lo establecido en el artículo 171 fracción I de la LGEEPA.

Con estas acciones, la PROFEPA fortalece su compromiso de garantizar la conservación, protección y el cuidado del medio ambiente, mediante las actividades de inspección y vigilancia, para verificar el cumplimiento de la Normatividad Ambiental aplicable.

 

 

 

 

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