Realiza PROFEPA inspección a parque recreativo “Hernando de Villafañe” en Guasave, Sinaloa

[Redacción]

Atiende denuncia sobre presunta mala atención a los animales confinados en dicho parque

Constata que cuenta con médico veterinario responsable de los cuidados que se requieren para la atención de los animales

Guasave, Sinaloa.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) atendió una denuncia pública alertando sobre la presunta mala atención a los animales confinados en el Parque Recreativo “Hernando de Villafañe”, en el municipio de Guasave, Sinaloa.

Al respecto, personal de la PROFEPA en la entidad realizó una exhaustiva inspección al citado parque recreativo, constatando que todos los ejemplares en cautiverio se encontraban completamente sanos y en buen estado de salud, así como las características y condiciones de las jaulas que albergan a los animales son las adecuadas para que se desplacen y desarrollen.

Las irregularidades encontradas fueron de carácter administrativo al carecer de la autorización como Predios e Instalaciones que Manejen Vida Silvestre fuera de su hábitat natural (PIMVS), de un plan de manejo autorizado y avalado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), así como falta de la documentación que acreditara la legal procedencia de los ejemplares de vida silvestre.

En el parque se albergaban los siguientes ejemplares de vida silvestre, enlistados en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, así como en los Apéndices I, II y III de la CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres).

La protección de estos ejemplares está consagrada dentro de la Ley General de Vida Silvestre, misma que señala en su artículo 5º que el objetivo de la política nacional en materia de vida silvestre y su hábitat, es su conservación mediante la protección y la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento sustentable, de modo que simultáneamente se logre mantener y promover la restauración de su diversidad e integridad.

De los 58 ejemplares, 23 se encuentran enlistados en alguna de las categorías de riesgo (en Peligro de extinción, Sujeta a Protección especial y Amenazada) dentro de la citada NOM-059-SEMARNAT-2010, así como en los Apéndices I, II y III de la CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) y 35 sin clasificar, regulados por  la Ley General de Vida Silvestre y su reglamento por ser animales silvestres.

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