Regular reelección de dirigentes y delegados sindicales: César Rojas Rabelo

Cesar Rojas Rabelo[Antonio Rivera]

En aras de proteger las condiciones laborales y robustecer la vida democrática de los sindicatos, el legislador propuso reformas y adiciones a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado

Villahermosa, Tabasco.- El diputado por Centro, César Rojas Rabelo, propuso reformas y adiciones a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado para regular la reelección de los dirigentes por una sola ocasión y que la elección de la directiva se realice mediante sufragio libre, directo, secreto, personal e intransferible.

Y es que en aras de proteger las condiciones laborales y robustecer la vida democrática de los sindicatos, argumentó que no obstante de que existen normas que prohíben a los delegados y demás directivos de los sindicatos no excederse de periodos de tres años de ejercicio y reelegirse, “en la práctica perduran por periodos de seis y hasta nueve años, sin que sean sancionados y sin que los trabajadores inconformes puedan ejercer alguna acción legal para impedirlo, debido a que no existe en la ley de la materia ninguna disposición que les permita hacerlo”.

“Se suma a lo anterior, la falta de certeza, legalidad y transparencia de los procesos que se siguen para elegir las directivas de los sindicatos y sus delegaciones, situación que de igual forma es importante regular en la ley, en aras de garantizar estos principios en la integración y representación de los sindicatos que inciden en el ejercicio de otros tantos, como son la equidad e imparcialidad, en beneficio de sus congregados”, añadió.

En su propuesta, planteó de hecho dotar de facultades al Tribunal de Conciliación y Arbitraje (TCyA) para que, -previo juicio y presentando la parte quejosa las pruebas conducentes-, pueda ordenar la reposición del proceso de elección, declarar la nulidad del o de los actos de una directiva sindical y destituir a los integrantes de la misma, y en consecuencia ordenar la emisión de la convocatoria para elegir a los nuevos, en su caso.

“Para brindar mayor certeza y seguridad a los sindicalizados, se propone establecer la obligación para el Tribunal de Conciliación de notificar a las directivas sindicales y delegacionales, en un plazo de al menos sesenta días anteriores al término del periodo para el que fueron electos, para efectos de que inicien el proceso de transición correspondiente”, agregó.

Durante su exposición, sostuvo que es necesario establecer medidas que permitan la aplicación del artículo 67 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, hoy vigente, “determinando la nulidad de los actos o acciones que estos directivos realicen una vez que haya concluido el periodo para el que fueron electos, que no debe ser mayor de tres años”.

“Deberá prevalecer el respeto irrestricto a los derechos de los sindicalizados, a la luz de los principios de legalidad, certeza, seguridad, imparcialidad y equidad”, destacó el diputado.

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