(Redacción)
El banco no pudo demostrar que la operación haya sido fiable y segura, y la Suprema Corte determinó que la exhibición de documentos técnicos no es suficiente para demostrar la autorización o consentimiento del tarjetahabiente
Ciudad de México 06 de agosto 2023.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dictado un criterio jurisprudencial que tendrá un impacto significativo en los bancos cuando los usuarios reclamen cargos no reconocidos en sus cuentas bancarias.
Y es que a partir de ahora, los bancos estarán obligados a realizar el reembolso de las cantidades sustraídas y además deberán pagar los intereses respectivos desde el momento en que se notifique el reclamo.
Este criterio se estableció tras un caso en el que un cuentahabiente promovió un juicio contra una institución bancaria por cargos no reconocidos en su tarjeta de débito.
El banco había intentado eximirse de responsabilidad, alegando que la operación fue autorizada por el usuario al utilizarse su firma electrónica (NIP).
Sin embargo, el banco no pudo demostrar que la operación haya sido fiable y segura, y la Suprema Corte determinó que la exhibición de documentos técnicos no es suficiente para demostrar la autorización o consentimiento del tarjetahabiente.
A partir de la emisión de este criterio jurisprudencial, todos los jueces en México deberán seguir el criterio del pago de intereses en casos similares, lo que pondrá en serios aprietos a los bancos cuando se les reclame por cargos no reconocidos en cuentas bancarias.
Por lo que esta medida busca proteger los derechos de los usuarios y asegurar que las víctimas de estos casos reciban un trato más justo y el reembolso correspondiente.