Avala Comisión dictamen que abroga la Ley de Seguridad Interior

[Redacción]
La reforma puntualiza que en caso de procedimientos en que el titular del Ejecutivo federal intervenga con cualquier carácter su Consejería Jurídica podrá determinar la dependencia en la que recaerá la representación para la defensa
Ciudad de México.- La Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados avaló por mayoría dos dictámenes para la abrogación la Ley de Seguridad Interior y en materia de defensoría de la Federación.
Y es que el primero, avalado por mayoría con cambios, para abrogar la Ley de Seguridad Interior, publicada el 21 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, declarada inválida en su totalidad por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 15 de noviembre de 2018.
Dicho ordenamiento quedó sin materia debido a que se declaró inconstitucional, por lo que se consideró viable la eliminación de esta ley del orden jurídico, que regulaba las intervenciones en seguridad pública de las Fuerzas Armadas.
En otro tema, los integrantes de la instancia legislativa aprobaron reformar el Artículo 43, Fracción X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y el objetivo es establecer la definición precisa de la autoridad sobre la que recae la representación litigiosa de la Federación.
La reforma puntualiza que en caso de procedimientos en que el titular del Ejecutivo federal intervenga con cualquier carácter su Consejería Jurídica podrá determinar la dependencia en la que recaerá la representación para la defensa.
Se busca dar certeza a los procedimientos en curso o potenciales, ello implica dar vigencia y observancia a las formalidades esenciales del proceso, sea jurisdiccional, administrativo o arbitral, cuando se lleve en forma de juicio.
La modificación enfatiza la necesidad de que la Federación cuente con la debida representación jurídica, por lo que es importante dotar al Ejecutivo federal, a través de la instancia respectiva, del marco legal adecuado.
Lo anterior a efecto de salvaguardar sus intereses en asuntos en los que sea parte, juicios y procedimientos ordinarios, o de naturaleza diversa a la jurisdiccional, para su atención y debido seguimiento.
Con esto, continúa el texto, se permitirá al titular del Poder Ejecutivo designar a la dependencia de la Administración Pública Federal en la que recaerá la representación para la defensa de la Federación, a fin de atender y comparecer en los diversos juicios y procedimientos en los que esté de por medio la defensa jurídica de los intereses de la Federación.

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