Emite CEDH Medidas Cautelares por Presunto Cobro de Cuotas Escolares

Cuotas escolares en tabasco

[Eugenia Rodríguez]

La CEDH, solicita a la Secretaría de Educación del Estado de Tabasco, según lo establecido por los artículos 1º, 2° y 63 de la Ley de Derechos Humanos, relacionados con los preceptos 61, 62 y 63 de su Reglamento Interno, a título de medida precautoria y/o cautelar, de manera inmediata a la recepción de la presente

Villahermosa, Tabasco.- Atendiendo la naturaleza social y trascendencia de la sociedad tabasqueña la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, inició de oficio el expediente No. 668/2016 con número de oficio CEDH/2V-2159/2016 relacionado con las publicaciones periodísticas del 14 de julio de 2016 (El Heraldo) y 13 de julio de 2016 (Tabasco Hoy), en las cuales señalan presuntas violaciones a derechos humanos en agravio de alumnos de educación básica y nivel medio superior del Estado de Tabasco.

Y es que de acuerdo a lo anterior y sin prejuzgar sobre la veracidad de la información señalada en las notas periodísticas, y con base en lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley General de Educación, Ley de Educación del Estado de Tabasco, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Declaración Universal de Derechos Humanos y los ordenamientos legales que consagran el derecho de toda persona de acceder a la educación de manera gratuita y como principio básico privilegiado que no demanda más que la garantía por parte del Estado, quien tiene la obligación de implementar los mecanismos necesarios para su aplicación, sin que medie pago o contraprestación alguna.

Por lo antes citado, la CEDH, solicita a la Secretaría de Educación del Estado de Tabasco, según lo establecido por los artículos 1º, 2° y 63 de la Ley de Derechos Humanos, relacionados con los preceptos 61, 62 y 63 de su Reglamento Interno, a título de medida precautoria y/o cautelar, de manera inmediata a la recepción de la presente, se instruya lo siguiente:

Emitir una circular a los planteles de educación básica y nivel medio superior del Estado de Tabasco, en donde se les instruya la colocación en un lugar visible de cada escuela, así también se publique en la página oficial de la Secretaria de Educación que, está prohibido por mandato constitucional e internacional, condicionar el acceso a la educación a través del pago de una cuota o contraprestación alguna, toda vez que la misma debe ser gratuita, y que a la brevedad posible, se convoque a rueda de prensa, con la finalidad de generar confianza, seguridad y tranquilidad en las familias tabasqueñas, afectadas por el proceder contrario al ordenamiento legal de privilegiar una educación pública libre de pago, así mismo se debe hacer del conocimiento público, que el personal de la Secretaria de Educación que no acate tal proceder legal, será responsable de las acciones administrativas que correspondan en cada caso.

Del mismo modo, se informa que de acuerdo al artículo 62 del Reglamento Interno de este Organismo público, que se concede un término de tres días naturales para notificar a esta Comisión Estatal de los Derechos Humanos, el resultado de las medidas aplicadas.

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