Consejeros del IEPC rendiremos cuentas al INE: Morales Urbina

Consejera Presidenta IEPC Chiapas

[Redacción]

La consejera presidente del IEPC señaló que quienes violaron la normatividad electoral al no presentar igual número de hombres y mujeres en las fórmulas fueron los partidos

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- La consejera presidente del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), María de Lourdes Morales Urbina, afirmo que el Consejo General de este órgano electoral local dará al Instituto Nacional Electoral (INE), las razones y motivos del por qué aprobaron las candidaturas sin observar el principio de paridad de género.

Y es que la Consejera, Morales Urbina, dejo en claro que los consejeros electorales enfrentarán el proceso y le rendirán cuentas al INE, al cual le argumentarán el por qué aprobaron las candidaturas de esa forma, al tiempo de subrayar que el INE tanto tiene la facultad de ponerlos en ese puesto y de quitarlos.

La consejera presidente del IEPC señaló que quienes violaron la normatividad electoral al no presentar igual número de hombres y mujeres en las fórmulas fueron los partidos, así como ratificó que su decisión de aprobar las candidaturas por no cumplir el principio de paridad de género no tuvo que ver con compromisos con el gobierno.

Cabe destacar que luego de darse a conocer que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió dar vista al INE para que se iniciara un proceso de revisión y posible destitución de los consejeros electorales locales de Chiapas por haber aprobado las candidaturas sin observar este principio, enmarcado en la normatividad electoral.

Es importante mencionar que el pasado 15 de junio en la Sala de Sesiones del IEPC, en sesión extraordinaria, el Consejo General aprobó por unanimidad las candidaturas para miembros de los 122 Ayuntamientos, diputados al Congreso del estado y de la diputación migrante en el extranjero, así como avaló el proyecto de acuerdo mediante el cual se determinó el monto y la distribución del financiamiento público para gastos de campaña a otorgarse a los partidos políticos y a candidatos independientes.

Sin embargo, un partido político impugnó ante la Sala Xalapa del TEPJF las candidaturas al percatarse de que no se cumplió el principio de paridad de género en las fórmulas de candidatos, pero se revocó debido a que solicitar el cambio con la elección en puerta violaría el principio de certeza jurídica.

Asimismo, otro partido impugnó esa resolución ante la Sala Superior del mismo Tribunal, el cual determinó revocar el acuerdo por el que el IEPC aprobó las candidaturas, mandató a los partidos políticos a cumplir la paridad de género y dio vista al INE para que iniciara el proceso correspondiente contra los consejeros del órgano electoral local.

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