[Redacción]
* Informaron los consejeros del IEPAC que los precandidatos o candidatos registrados no podrán promoverse con objeto de llamar al voto en actividades de proselitismo
Mérida, Yucatán.- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPAC), anuncio el periodo de 45 días de silencio electoral, contados a partir de hoy y hasta el sábado 4 de abril, transcurrirá con tres reglas sobre neutralidad dirigidas a los servidores públicos, medios de comunicación y actores políticos aprobadas.
Y es que en la sesión extraordinaria, el organismo electoral destituyó a cuatro consejeros electorales de los municipios de Sudzal, Tetiz y Santa Elena, y del consejo distrital XI con sede en Valladolid, por faltar a las sesiones de trabajo, por lo que procedió al nombramiento de sus sustitutos.
El consejero electoral, Carlos Pavón Durán, dio a conocer las reglas de neutralidad que están dirigidas a los servidores públicos de los tres poderes del Estado, presidentes municipales y organismos autónomos las cuales consisten, entre otras cosas, de abstenerse de efectuar aportaciones provenientes del erario a partidos políticos, coaliciones o candidatos; o brindarles cualquier clase de apoyo gubernamental distinto a los permitidos por la Ley de Partidos Políticos del Estado.
Afirmo que no está permitido asistir en días hábiles en horario de labores a cualquier evento o acto público, gira, mitin, acto partidista, de coalición o de campaña, de los aspirantes y candidatos a cargos de elección popular.
Pavón Duran, expresó que tampoco se podrá condicionar obra o recursos de programas gubernamentales a cambio de la promesa del voto a favor o para apoyar la promoción de determinado partido político, coalición o candidato.
Comentó que deberán abstenerse durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de las jornadas comiciales, cualquier tipo de campaña publicitaria de programas de obra pública, de desarrollo social o cualquier otra propaganda gubernamental.
Mientras que el consejero Antonio Matute González, informo que las reglas sobre el periodo de silencio electoral o denominado intercampañas, establecen, entre otras cosas, que los partidos políticos no podrán exponer ante la ciudadanía por sí mismos ni a través de sus precandidatos o candidatos, sus plataformas electorales presentadas o registradas ante este instituto.
Por ultimo agregó que los precandidatos o candidatos registrados no podrán promoverse con objeto de llamar al voto en actividades de proselitismo.