Nos da la razón el TEPJF al revocar acuerdo del INE contra Morena: Sanén

(Redacción)

El TEPJF estableció que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE fue omisa en realizar una verdadera evaluación preliminar del caso para justificar la idoneidad, razonabilidad y proporcionalidad de la procedencia de las medidas cautelares

Cancún, Quintana Roo a 25 de octubre de 2023.-Algo que nos ha enseñado nuestro Presidente, es que seamos respetuosos de la ley, por eso ayer el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), nos dio la razón al revocar las medidas cautelares impuestas el 16 de octubre por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, en contra de Morena y Claudia Sheinbaum Pardo, declaró hoy el regidor Jorge Sanén Cervantes.

“La Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) había prohibido las asambleas públicas de Morena y de la doctora Claudia Sheinbaum en lugares abiertos; nos impuso medidas cautelares, pero afortunadamente el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, tal sentencia contra las giras ‘La Esperanza nos Une’, nos dio la razón”, enfatizó el regidor.

Y es que, en sesión privada, los magistrados del Tribunal Electoral determinaron que las medidas cautelares impuestas fueron “desproporcionadas”, pues “contraviene lo dispuesto en los principios constitucionales previstos en los artículos 1, 6 y 7 atinentes al respeto y garantía de los derechos humanos, el derecho a la libre manifestación de ideas, de difundir opiniones e información a través de cualquier medio y el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación”, reza la sentencia.

El TEPJF estableció que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE fue omisa en realizar una verdadera evaluación preliminar del caso para justificar la idoneidad, razonabilidad y proporcionalidad de la procedencia de las medidas cautelares.

El Tribunal Electoral señaló que las expresiones de Sheinbaum, “no constituyen una infracción en materia electoral, en específico, actos anticipados de precampaña y campaña, ya que eso requiere una solicitud de voto”.

Los eventos denunciados fueron partidistas, no proselitistas, porque no se llamó a votar en favor o en contra de alguna opción política.

Las publicaciones de los eventos y discursos que erróneamente se acreditaron como ilegales fueron acordes a los principios de autorganización de los partidos políticos; además, las intervenciones de la denunciada fueron en todo momento, en su carácter de Coordinadora de Defensa de la Transformación”, estableció el Tribunal.

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