(Redacción)
El artículo 17 de la Constitución señala que “nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil”, lo cual ocurre en este supuesto
Ciudad de México a 16 de julio de 2021.-Afortunadamente los deudores a tiendas departamentales están amparados por el artículo 17.
México ‘fascinado’ con las tarjetas
La Encuesta Nacional de Inclusión Financiera 2018 (ENIF), realizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 61.5% (15.1 millones) de personas entre 18 a 70 años, mencionó tener una tarjeta de crédito departamental o de tienda de autoservicio, entre otros créditos.
Deuda impagable
La contraparte de los créditos es que algunos generan intereses que se convierten en una deuda impagable para quien los adquiere, quienes enfrentan una serie de notificaciones por parte de despachos de cobranza o de las mismas tiendas departamentales, como Coppel, Liverpool, Elektra, Walmart y otras.
Tarjetas departamentales, deudas, cárcel y Buró de Crédito
Ante ello, los deudores se preguntan si pueden ir a la cárcel por no pagar la deuda por una tarjeta departamental.
El artículo 17 de la Constitución señala que “nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil”, lo cual ocurre en este supuesto.
Sin embargo, la persona que adeuda un monto por una tarjeta departamental durante más de tres meses queda en la lista negra del Buró de Crédito.
¿Qué es buro de crédito?
El Buró de Crédito es la institución que se encarga de registrar el historial crediticio de los usuarios del sistema financiero.
Todas las personas que alguna vez en su vida han pedido algún tipo de financiamiento, ya sea en bancos, tiendas departamentales, servicios contratados con cargo a su cuenta bancaria o tarjeta de crédito (domiciliación), etc., se les asignan una calificación buena, mala o regular.
En el Buró de Crédito se encuentran los registros de comportamiento tanto de los excelentes, buenos y malos deudores, es decir, si pagaron a tiempo o con retraso, si dejaron de pagar, si liquidaron anticipadamente sus deudas, si han tenido o tienen problemas de cobranza con alguna institución, lo cual se revisa para futuros créditos. (Fuente: El Universal/ Novedades)