Avala Congreso de Tabasco entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales

CONGRESO DE TABASO SECION EXTRA

[Redacción]

* Dicha normatividad es acorde a las nuevas disposiciones que rigen el nuevo modelo de Justicia Penal Acusatorio; en la entidad entrará en vigor por secciones

Villahermosa, Tabasco.- El Pleno de la LXI Legislatura del Congreso de Tabasco avaló en lo general y en lo particular con 29 votos a favor, la Declaratoria de Inicio de Vigencia del Código Nacional de Procedimientos Penales en el Estado, que entrará en vigor de manera gradual por regiones.

El dictamen presentado por la Comisión de Seguridad Pública, Protección Civil y Procuración de Justicia subraya que los integrantes de dicho grupo de trabajo consideraron pertinente la adopción en la Legislación Local del Código Nacional de Procedimientos Penales, toda vez que es una normatividad procesal acorde a las nuevas disposiciones que rigen el nuevo modelo de Justicia Penal Acusatorio.

Cabe destacar que el artículo segundo transitorio de dicha norma establece que la entidad se incorpora al régimen jurídico que entrará en vigor de manera gradual, por regiones, y en consecuencia comenzarán a regular la forma y términos en que se substanciarán los procedimientos penales en el estado de Tabasco.

La entrada en vigor de dicha norma será de la siguiente manera: la Región 1 correspondiente al municipio de Macuspana, será al día siguiente de cumplidos sesenta días naturales a partir de la vigencia del presente decreto; mientras que la Región 2, del municipio de Cunduacán, corresponderá el 6 de abril de 2015.

En tanto, para los municipios de Jalapa, Teapa y Tacotalpa, correspondientes a la Región 3, entrará en vigencia el 6 de octubre de 2014; y la Región 4, integrada por los municipios de Tenosique, Balancán, Emiliano Zapata y Jonuta, iniciará el 19 de octubre de 2015.

Para los municipios de Paraíso y Centla, que integran la Región 5, entrará en vigor el 15 de diciembre de 2014; en tanto, la Región 6, conformada por los municipios de Nacajuca, Jalpa de Méndez y Comalcalco, el 24 de agosto de 2015. La Región 7 del municipio de Huimanguillo, el 07 de diciembre de 2015.; el municipio de Cárdenas, relativo a la Región 8, el 25 de abril de 2016; y finalmente la Región 9 del municipio de Centro, el 06 de junio de 2016.

Cabe señalar que el documento, aprobado durante el Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones, destaca que el titular del Ejecutivo Estatal, en su calidad de Presidente de la Comisión Interinstitucional para la Implementación del Sistema de Justicia Penal en Tabasco, envió una iniciativa al Congreso para la emisión de la Declaratoria de Inicio de Vigencia del Código Nacional de Procedimientos Penales en el Estado de Tabasco.

Dicha solicitó, recepcionada el pasado 30 de julio de 2014 por la Comisión Permanente que preside la legisladora Neyda Beatriz García Martínez, fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública, Protección Civil y Procuración de Justicia para el estudio correspondiente.

De la misma manera se señala que derivado de las reformas constitucionales realizadas en 2008, donde se modificó el sistema procesal penal de mixto al acusatorio oral; se estableció que en plazo no mayor de ocho años todas las entidades federativas realizaran las adecuaciones necesarias dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

También se establece que la adecuación constitucional referida en sus disposiciones transitorias mandata que en el momento en que se publiquen los ordenamientos legales respectivos, los poderes u órgano legislativo competentes deberán emitir una declaratoria que se publicará en los órganos de difusión oficiales, en la que señale expresamente que el sistema procesal penal acusatorio ha sido incorporado en dichos ordenamientos y, en consecuencia, que las garantías consagradas en la Constitución empezarán a regular la forma y términos en que se substanciarán los procedimientos penales.

Para tal efecto, en la entidad se estableció la Comisión Interinstitucional para la Implementación del Sistema de Justicia Penal para el Estado de Tabasco (CIISJUPET), –presidida por el Gobernador del Estado–, la cual es la encargada de analizar y acordar las políticas que resulten necesarias para adecuar el marco constitucional, legal y reglamentario que rigen en la Entidad conforme a la reforma constitucional federal en materia de justicia penal.

El documento también precisa que en el 2012, en cumplimiento a la reforma Constitucional en materia penal, se reformó y adicionó la Constitución local, con lo cual se establecieron las bases para el nuevo sistema procesal penal acusatorio en el estado, así como los medios alternos de solución de conflictos, que fue avalada por los 17 cabildos.

Asimismo, se aprobaron por unanimidad de votos expedir diversas leyes para la implementación de un nuevo sistema penal acusatorio en Tabasco, siendo éstas las siguientes: Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco; Ley de Acceso a la Justicia; Ley de Justicia para Adolescentes, y la Ley de Ejecución de Sanciones Penales.

Una vez emitida la Declaratoria de adopción del Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral, que a su vez establece que en cumplimiento al mandato contenido en las disposiciones transitorias de la adecuación a la Constitución Federal, se dispone que emitidos y publicados los ordenamientos que establecen la base para el nuevo sistema procesal penal acusatorio, el Congreso del Estado deberá emitir la declaratoria correspondiente, y en consecuencia el inicio de su vigencia en los términos de las disposiciones expedidas al respecto.

También se precisa en el artículo segundo transitorio que los procedimientos penales iniciados con antelación a la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales en el Estado, se regirán por las disposiciones vigentes al momento de su inicio.

En tanto el artículo Tercero Transitorio destaca que se abrogan los Códigos de Procedimiento Penales y el Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco; y que en relación a los procedimientos penales que se encuentren en trámite, continuarán su sustanciación de conformidad con la legislación aplicable en el momento de la iniciación de los mismos.

Previo a la aprobación del dictamen se instaló la Comisión Permanente, integrada por los legisladores Neyda Beatriz García Martínez (presidenta), Casilda Ruiz Agustín, Esther Alicia Dagdug Lutzow y Francisco Javier Cabrera Sandoval, y cuya presidencia expuso los motivos que originaron convocar a un Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones.

Posteriormente, la diputada Verónica Castillo Reyes fue designada presidenta de la mesa directiva que dirigió los trabajos de este día, mientras que su homóloga Araceli Madrigal Sánchez fue nombrada vicepresidenta; y Liliana Ivette Madrigal Méndez y Patricio Bosch Hernández, como secretaria y prosecretario, respectivamente.

Finalmente, tras la aprobación con 29 votos a favor del dictamen, la presidenta de la mesa directiva clausuró el Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXI Legislatura.

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