Así puedes denunciar delitos de acoso digital

(Redacción)

El Ministerio Público puede ordenar la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos de contenido sexual obtenidos sin el consentimiento de la persona afectada

Ciudad de Mexico a 06 de noviembre de 2020.- La “Ley Olimpia”, aprobada por el Senado este jueves, sanciona los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.

Y es que para denunciar los delitos de acoso digital que castiga la “Ley Olimpia”, que tipifica y sanciona el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual en plataformas de internet o redes sociales, se debe acudir ante el Ministerio Público.

El Ministerio Público puede ordenar la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos de contenido sexual obtenidos sin el consentimiento de la persona afectada.

Quien acose, hostigue y difusión de este tipo de contenidos puede ser castigado con cuatro a seis años de cárcel, el delito tiene varias agravantes que aumentan hasta el triple de la pena, que será mayor cuando el agresor sea la pareja o un funcionario público.

Cabe señalar que la “Ley Olimpia” aplica en casos que alguien grabe o fotografíe la intimidad sin conocimiento o por medio de engaños o amenazas; difunda, reproduzca, transmita contenidos íntimos, ya sea fotos, videos o audios, sin consentimiento; asimismo a quien amenace con comportar dicho contenido o extorsione para no hacerlo. (Fuente: El Financiero)

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