Sancionarán en Veracruz a quienes discriminen a las personas por su apariencia

Discriminacion en Veracruz de uno a dos años[Eduardo Vida]

La modificación del artículo 196 del Código Penal se originó en la solicitud de agrupaciones de personas que tienen tatuajes y otras modificaciones corporales, quienes ante la discriminación, negativa de empleo y por ser mal vistas en lugares públicos, acudieron en busca de apoyo

Xalapa, Veracruz.- La discriminación hacia las personas con algún tipo de modificación corporal, como tatuajes y perforaciones, podrá sancionarse con penas de 1 a 2 años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad, tras la modificación del primer párrafo del artículo 196 del Código Penal del Estado, aprobada este jueves por el Congreso de Veracruz, afirmó el diputado local Ciro Gonzalo Félix Porras.

Y es que de acuerdo al Dictamen, avalado de manera unánime con base en la Iniciativa de Ciro Félix Porras, establece que la garantía de no discriminar a alguien por su apariencia –cuando se realice modificaciones corporales– atiende a los principios de autonomía y libre desarrollo de la personalidad y fortalece el contenido de la reforma en materia de protección de los derechos humanos.

Abona, de acuerdo con el Legislador, a la no discriminación por razón de edad, sexo, estado civil, embarazo, raza, procedencia étnica, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, características físicas, discapacidad, estado de salud y cualquiera otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Ciro Félix Porras manifestó que los derechos humanos son fundamentales, inherentes e inalienables: “De manera que un servidor y el Estado tenemos un compromiso ineludible con los ciudadanos para establecer jurídicamente las reformas que garanticen la protección de sus derechos humanos, en relación con la no discriminación de las personas con modificaciones corporales”.

Durante una entrevista, precisó que la modificación del artículo 196 del Código Penal se originó en la solicitud de agrupaciones de personas que tienen tatuajes y otras modificaciones corporales, quienes ante la discriminación, negativa de empleo y por ser mal vistas en lugares públicos, acudieron en busca de apoyo.

Deja una respuesta

Cerrar menú