Lo prohibido de la Veda electoral

INE comicios

[Redacción]

El Acuerdo General del INE se ordena a los institutos políticos retirar la propaganda electoral que se encuentre en un radio de 50 metros donde se instalarán las casillas.

México, DF.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), dio a conocer que a partir de este jueves inicio la veda electoral y concluirá el domingo 7 de junio, cuando se elegirán más de dos mil 179 cargos de elección popular a gobernador, alcaldes, diputados federales y locales.

Y es que desde el pasado 15 de mayo, se aprobó el acuerdo de veda en la cual se ordena la difusión pública de las condiciones y restricciones que deberán cumplir los partidos y sus candidatos, así como los aspirantes independientes.

Ante la pregunta ¿En qué consiste la veda electoral? Informaron que es un período que comprende los tres días previos a la jornada electoral donde queda prohibido celebrar reuniones, actos públicos de campaña, proselitismo electoral y la difusión de spots por cualquier medio, incluyendo radio y televisión.

En este periodo tanto los partidos y sus candidatos como los independientes no podrán difundir propaganda política ni electoral.

Otra de las preguntas es ¿Qué se prohíbe? Y es que de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) y el Acuerdo General del INE se ordenan a los institutos políticos retirar la propaganda electoral que se encuentre en un radio de 50 metros donde se instalarán las casillas.

En este período, se suspende totalmente la difusión de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, de las delegaciones o cualquier otro ente público.

Asimismo, no se podrán realizar o difundir informes anuales de labores o gestión de servidores públicos de cualquier nivel de gobierno.

Tampoco pueden ser divulgados por cualquier medio de comunicación (impreso, radio, electrónico o televisión) resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer preferencias electorales de ciudadanos.

De este modo, los resultados de encuestas elaborados el día de la elección podrán publicarse a partir de la hora de cierre oficial de las casillas, es decir, a partir de las 20:00 horas del centro.

Cuáles son las excepciones, informaron que las únicas excepciones será que se podrá difundir información referente a los comicios por parte de las autoridades electorales (INE, IEDF o Institutos locales), reportes sobre servicios educativos y de salud, así como de protección civil en caso de emergencia.

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